El Proyecto de Constitución y su función judicial

Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular. Foto: Cubadebate

Recientemente el diario Granma publicó un artículo de opinión escrito por el doctor Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular (TSP) de Cuba acerca de la función judicial de la Constitución cubana.

.El referido artículo fue elaborado bajo el título El Proyecto de Constitución, previsiones sobre la función judicial. Por la utilidad y trascendencia del tema lo reseñamos ahora.

Al decir de Remigio Ferro, el mencionado documento, que actualmente transita por un amplio y democrático proceso de consulta popular, prevé, entre otras modificaciones, el fortalecimiento del papel de los tribunales con el cumplimiento de su función judicial.

En tal sentido, precisa que ese fortalecimiento estará encaminado a que el tribunal se consolide como garante del acceso a la justicia por parte de las personas jurídicas y naturales.

También esa institución deberá proveerles de tutela efectiva en el ejercicio de sus derechos y garantías legalmente reconocidas.

Sobre tan interesante tema el autor expone que el texto sometido a debate, en los capítulos del uno al cinco, agrupados bajo el título cuatro, se formula la amplia gama de derechos y deberes que asisten o corresponden a las personas.

Asimismo, el destacado jurista indica que como complemento indispensable, en el capítulo seis del mismo título, aparece un contundente artículo de nueva incorporación, en el cual se plasman las garantías jurisdiccionales con las que cuentan las personas para reclamar ante los tribunales, cuando se les vulneren sus derechos.

La violación de los derechos podría suceder por parte de órganos del Estado, directivos, funcionarios y empleados.

En ese sentido, el Proyecto de Constitución establece que cuando las personas sufran daños o perjuicios por la acción u omisión indebida de las funciones de alguna entidad, directivo o empleado, podrán solicitar la restitución de los derechos quebrantados, y en su caso, la reparación o indemnización que proceda.

En otro segmento del artículo de opinión, el presidente del TSP concluye al exponer que la nueva Constitución, que emerja del proceso actualmente en marcha determinará, entre otros progresos significativos, un incremento apreciable del acceso a la justicia judicial.

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