Un aspecto muy significativo y novedoso en el actual proceso de debate popular del proyecto de Constitución de la República, es que, por primera vez, podrán participar los cubanos residentes en el exterior.
Tal decisión da continuidad e impulso a un proceso de acercamiento, que comenzó en 1978, con las reuniones de las autoridades cubanas con grupos de emigrados, en las cuales son analizados temas específicos de interés común.
La aproximación con las comunidades cubanas en otros países ha tenido expresiones jurídicas, entre ellas la autorización a visitar el país, emitida en 1979, y la reforma migratoria de 2013, una medida de gran alcance, pues modificó los conceptos y amplió los derechos de los ciudadanos que viajan al exterior.
El proyecto de Carta Magna en consulta va mucho más allá al reconocer la doble ciudadanía, cuando precisa, en el artículo 35, “Los ciudadanos cubanos en el territorio nacional se rigen por esa condición, en los términos establecidos en la ley, y no pueden hacer uso de una ciudadanía extranjera”.
Y a continuación, el artículo 37 expresa que “Los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía, salvo por causas legalmente establecidas. Tampoco podrán ser privados del derecho a cambiarla”.
Un análisis somero de estos párrafos, junto con los demás del título tercero, revela que sería eliminada la prohibición de que un ciudadano cubano conserve ese estado, a pesar de adquirir otra ciudadanía, con la única condición de que, mientras se encuentre en el territorio nacional, se atenga a la nacionalidad cubana.
Todo esto será efectivo, por supuesto si se incluye en la nueva Constitución luego de concluir el proceso de consulta, ser aprobada en referendo popular y puesta en vigor.
Es casi seguro que así sea, pues responde al interés de un gran número de cubanos, entre los cuales están los emigrados y sus familiares.
Mientras, el hecho de que se incluya en el debate del proyecto a los cubanos que viven en otros países es un importante paso hacia reconocimiento de sus derechos como nacionales, un signo de suma ante la condición de emigrante.

