
Foto: Mesa Redonda
“La madre, esté lejos o cerca de nosotros, es el sostén de nuestra vida”, dijo José Martí1.
Y el reciente incremento de los beneficios salariales y fiscales a las madres trabajadoras es el mejor reconocimiento de la importancia vital que les concede el Estado cubano.
Hoy las cubanas tienen una presencia relevante en cada uno de los espacios públicos y son la mayoría de los técnicos y profesionales en la economía, por tanto, cada vez son más importantes las medidas dirigidas a contribuir a la redistribución de las responsabilidades domésticas y de cuidado en los ámbitos intrafamiliar y público.
Dentro del hogar, esas disposiciones favorecen la redistribución de las responsabilidades domésticas y de cuidado entre hombres y féminas.
La Ley de Maternidad cubana dispone que las gestantes reciban atención médica periódica durante el embarazo, y una licencia retribuida, equivalente al salario, desde seis semanas anteriores y hasta 12 posteriores al parto.
Se les autoriza que, un día al mes, asistan a la consulta de puericultura, sin que ello represente pérdida de salario.
La ley les otorga, además, una licencia retribuida con el 60 por ciento de su salario, desde las 12 semanas de nacido el niño hasta que cumpla el primer año de vida.
Una vez concluida la licencia postnatal, así como la etapa de lactancia materna, la madre y el padre pueden decidir cuál de ellos cuidará al hijo o hija, la forma en que se distribuirán dicha responsabilidad hasta el primer año del infante y quién devengará la referida prestación social.
De igual forma, se faculta a la entidad laboral para conceder a las madres trabajadoras licencias no retribuidas cuando lo requieran para atender a sus hijos menores de edad, sin que por ello corran el riesgo de perder su empleo.
Ahora este derecho también es reconocido al padre.
Muy recientemente, entraron en vigor los Decretos Ley 339 y 340, y las Resoluciones 5 y 6 del 2017.
Estas normales legales establecen nuevos beneficios para las madres:
– Las cuantías de las prestaciones mensuales no pueden ser inferiores al salario mínimo.
– Las madres trabajadoras asalariadas con pluriempleo reciben la prestación por cada uno de los contratos de trabajo.
– La opción de cuidado del menor, se extiende a abuelas y abuelos trabajadores asalariados, con la correspondiente prestación del 60 por ciento del salario promedio mensual.
– El pago de los servicios en círculos infantiles y seminternados, que ya era modesto, fue reducido a la mitad. A las madres con dos hijos se les reduce el pago de la tarifa vigente para estos servicios en un 50 por ciento. Por ejemplo, lo máximo que se paga en un círculo infantil es 40 pesos: por el primero pagaría 20 y por el segundo, que actualmente paga 20, pagaría 10. Para las madres que tienen tres niños, los dos primeros se mantienen con la condición anterior y se elimina el pago por el tercero. Y para aquellas que tienen partos múltiples de más de dos niños, se les exonera de cualquier pago.
– Se redujo a la mitad el monto de los impuestos a trabajadoras por cuenta propia con dos o más hijos.
– Fue establecida una bonificación del 50 por ciento en los impuestos a los asistentes para el cuidado de niños, enfermos, adultos mayores y personas con discapacidad.
– Las trabajadoras no estatales ahora, igualmente, pueden disfrutar de la licencia de maternidad, así como acreditar para su jubilación el tiempo de trabajo en otros sectores y se les aplican contribuciones especiales si llegan a los 50 años. Todo ello puede ser un atractivo para que las mujeres aumenten su participación en el sector no estatal.
El Estado Cubano protege con prestaciones de la seguridad social a las madres trabajadoras que tienen hijos con discapacidad severa y tienen que dejar de laborar por esta causa. En muchos casos, se les paga un salario por cuidar a su hijo.
Asimismo, existen 363 escuelas de educación especial distribuidas por el país, las cuales ofrecen una atención integral de excelencia a sus alumnos.
Otro elemento novedoso es la implementación de estrategias de género en algunos organismos e instituciones.
Estas consisten en un sistema de acciones coordinadas que buscan hacer compatible la vida familiar y laboral, a partir de la redistribución de las tareas domésticas y del cuidado y la asunción igualitaria del cuidado de niños y niñas y de otros miembros dependientes por hombres y mujeres de la familia.
Algunas de las medidas que incluyen son la promoción de licencias para ambos sexos por el nacimiento de sus hijos, o ante enfermedades, gestación y lactancia, asuntos escolares y otros.
Se trata de la eliminación de obstáculos para la solicitud de esas licencias o permisos, como la pérdida de estímulos o superación, entre otros; eliminar la discriminación hacia trabajadores y trabajadoras por tenencia de responsabilidades familiares, a partir de la sensibilización e información en estos temas; tener en cuenta las necesidades familiares en el desarrollo laboral de los padres.
Otro elemento de gran importancia es la creación de servicios de apoyo a la familia para el cumplimiento de esas responsabilidades y el estímulo a las corresponsables.
Esta es, en apretada síntesis, una visión del especial reconocimiento del Estado cubano a las madres.
Cita bibliográfica:
1Martí, José. Obras completas. Centro de Estudios Martianos. Volumen 5, página. 192.
