Nuevas disposiciones y más educación en Cuba

El Gobierno cubano promueve nuevas disposiciones jurídicas que permitirán aprovechar al máximo la profesionalidad de los profesores en la preparación de los estudiantes universitarios. Foto: www.rcm.icrt.cu

El Gobierno cubano promueve nuevas disposiciones jurídicas que permitirán aprovechar al máximo la profesionalidad de los profesores en la preparación de los estudiantes universitarios. Foto: www.rcm.icrt.cu

Como parte de la actual política social en el ámbito de la educación, el Gobierno cubano promueve nuevas disposiciones jurídicas que permitirán aprovechar al máximo la profesionalidad de los profesores en la preparación de los estudiantes universitarios.

A propósito del inicio del curso escolar 2014-2015, la aprobación reciente del acuerdo del Consejo de Ministros relacionado con la posibilidad de reincorporación a las aulas de los jubilados del Ministerio de Educación Superior (MES), estimula económicamente a los pedagogos y precisa de su rigor académico para avanzar aún más en la elevación de la calidad de los alumnos de nivel superior.

De esta forma, la Gaceta Oficial Extraordinaria número 35 de 2014, orienta sobre la permanencia de educadores en los claustros universitarios, donde devengarán la suma de su salario y el de la pensión, reincorporados inclusive a los mismos cargos que desempeñaban en el momento de obtener su retiro.

En Cuba existen 67 instituciones de enseñanza superior, donde trabajan 35 mil profesores e investigadores, de los cuales nueve mil son Titulares y Auxiliares y cuatro mil Doctores en Ciencias, con edad promedio de 50 años.

Pero, además, el 60 por ciento arribó a la tercera edad o más y un 20 por ciento de los profesores universitarios ronda los 30 años, lo cual estimula el deseo ministerial de fortalecer el papel de los pedagogos y su experiencia en el proceso de educación gratuita y para todos, desarrollado durante más de cinco décadas de Revolución en la isla caribeña.

Importante es destacar que a los efectos del salario del cargo desempeñado por los jubilados, “se considera el que corresponde a la categoría docente que posean, más los pagos adicionales establecidos legalmente” y la estimulación por la evaluación de los resultados del trabajo “se considera, al momento de la reincorporación, el resultado de la evaluación última, antes de la jubilación”, según aclara la Gaceta.

Para hacer más coherente el ajuste de la capacidad de la red universitaria y el personal docente requerido, la nueva disposición contribuirá a paliar la necesidad de profesores en carreras Técnico-Profesional, fundamentalmente, en Agropecuaria, Contabilidad, Economía, Ciencias Naturales y las ingenierías.

La aplicación paulatina de mejoras en las condiciones socio-económicas de la nación son evidentes desde que se promulgaran los acuerdos del VI Partido Comunista de Cuba en el 2011, por lo que esta medida no solo redundará en la permanencia de los expertos frente a los alumnos, sino también en el tiempo de vida útil que dedicarán a la preparación del relevo profesional y por una merecida remuneración económica.

Descargar Gaceta Oficial Extraordinaria número 35 del 14 de agosto de 2014

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