
Quienes presten servicios gastronómicos de restaurantes deberán abrir cuentas bancarias fiscales. Foto: Yaimí Ravelo/Granma.
Muchos ciudadanos cubanos que optan por ejercer el trabajo por cuenta propia aún se cuestionan los aspectos asociados a la cuenta bancaria fiscal (CBF), es por ello que resultan oportunas determinadas aclaraciones.
La apertura y operatoria de la CBF es una medida que está en correspondencia con las nuevas disposiciones aprobadas para el sector no estatal, aplicable en seis de las 123 actividades aprobadas.
En entrevista concedida al programa televisivo Mesa Redonda, Meisi Bolaños, viceministra de Finanzas y Precios, explicó que este tipo de cuenta solo debe ser abierta por los trabajadores que tengan permisos para ejercer las siguientes actividades:
– Servicio gastronómico en restaurantes.
– Servicio gastronómico en cafeterías.
– Servicio de bar y recreación.
– Arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios.
– Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles.
– Transporte de pasajeros con medios automotor, de cuatro hasta 14 pasajeros, en la provincia de La Habana.
Directivos del Ministerio de Finanzas y Precios, así como de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (Onat) explicaron al sitio web Cubadebate que fueron elegidas estas actividades, a partir de la complejidad en su operatoria.
Estos empleos generan como promedio altos ingresos e incurren en gastos corrientes sistemáticos para su desarrollo. Además, requieren inversiones y mantenimientos parciales o totales para la sostenibilidad del negocio.
Otros aspectos necesarios que la población debe conocer se recogen en las siguientes respuestas ofrecidas por los referidos funcionarios a Cubadebate.
¿Por qué se dispone la apertura y operatoria de la cuenta bancaria fiscal? ¿Cuál es su fundamento?
De acuerdo con Vladimir Regueiro Ale, director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios, estas cuentas están vinculadas a la contabilización de las actividades, tanto los ingresos como los gastos, y a través de las mismas se facilitan las operaciones y relaciones financieras entre los distintos agentes económicos y resulta un insumo o elemento de revisión por las administraciones tributarias para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales o con el presupuesto del Estado.
Las CBF brindan seguridad en la custodia de los recursos financieros generados en el desarrollo de las actividades económicas y transparentan en el flujo de estas operaciones, que deben ser lícitas
¿Cuál es la cuantía mínima de la cuenta?
Se reduce de tres a dos cuotas mensuales tributarias la cuantía del saldo mínimo que debe mantener la CBF. Asimismo, se incrementa de un 20 a un 35 por ciento el fondo de efectivo para pagos menores e imprevistos no obligado a depositar en dicha cuenta.
De tener más de una licencia, ¿se deben tener más de una cuenta bancaria fiscal?
Se aclara, además, que en el caso que un titular posea más de una licencia en las actividades mencionadas, solo tendrá que habilitar una sola CBF. De tener más de una autorización en otra de las actividades no incluidas en este momento, la apertura de una cuenta será opcional.
¿La apertura de la cuenta bancaria fiscal tiene algún beneficio para los negocios con entidades estales?
Algunas de estas actividades se vinculan en la contratación y prestación de sus servicios con empresas, unidades presupuestadas y otras entidades jurídicas y a través de estas cuentas se pueden facilitar los pagos por los servicios prestados o comprados a las mismas, lo que al propio tiempo permite transparentar las operaciones entre los actores económicos y propiciar que se complementen.
¿Qué se puede pagar con esta cuenta?
Desde la cuenta bancaria se pagan:
– Los tributos.
– Compra de insumos, medios y equipos.
– Reparaciones capitales y mantenimientos.
– Servicios de otras formas de gestión no estatales, mediante instrumentos bancarios.
– Pagos a entidades estatales.
Regueiro Ale aclaró que los recursos depositados en la cuenta están a total disposición de los contribuyentes y, por tanto, estos pueden hacer uso de la misma para el disfrute personal y familiar.
¿Cómo se realiza la apertura de la cuenta bancaria fiscal?
La CBF se abre por el trabajador por cuenta propia que ejerce la actividad autorizada. Dispone de un término de 30 días naturales para abrirla o declararla después de concurrir a la Onat del municipio donde está inscripto como contribuyente. La Onat le requerirá el cumplimiento de esta obligación, mediante documento oficial.
La CBF debe operar con un saldo mínimo que debe cubrir en un término de 90 días naturales contados desde la fecha en que fue requerido por la Onat. Este saldo se puede cubrir en uno o varios depósitos dentro del término señalado.
¿En qué moneda opera la cuenta bancaria fiscal?
La cuenta bancaria fiscal es en moneda nacional (Cup). Adicionalmente, el contribuyente que reciba pagos a una cuenta corriente que tiene abierta en pesos convertibles (Cuc), la declara a la Onat y la constituye también en cuenta bancaria fiscal, pero no se le exige el requisito del saldo mínimo de operación.
Otro de los temas más comentados en esta web fue los procedimientos a seguir para poder habilitar la cuenta bancaria. Según explicó Yaima Arias Urra, directora territorial del Banco Metropolitano, estos son algunos tópicos que no se deben dejar de conocer.
¿Dónde se abre esta cuenta?
La CBF se debe abrir en una sucursal del Banco de Crédito y Comercio, Banco Popular de Ahorro o Banco Metropolitano, radicada en el municipio del domicilio fiscal del contribuyente, o sea, en el territorio donde está inscripto en la Onat.
¿Esta cuenta tiene beneficiarios?
Arias Urra explicó que al ser una cuenta bancaria fiscal no tiene beneficiarios, sino que para ejecutar el traspaso de derechos se aplica el procedimiento de herencia.
Detalló, además, que el titular de la cuenta puede facultar a otra persona natural mediante poder notarial para actuar como firma autorizada de ella.
También puede autorizar, bajo su responsabilidad, a otra persona natural sin poder notarial, para realizar depósitos en su cuenta, así como a entregar y recibir documentos relacionados con esta.
¿Qué documentos se deben presentar para abrir la cuenta bancaria fiscal?
Se deben presentar los siguientes documentos:
– El carné de identidad.
– Documento oficial que autorice a la persona natural para ejercer la actividad por cuenta propia.
– El carné de contribuyente que entrega la Onat, en el que consta el Número de Identificación Tributaria (NIT).
“En el caso particular de los transportistas de la capital cubana que no tienen la Licencia de Operación de Transporte o no estén inscriptos en el Registro de Contribuyentes, se cumplimenta a través del modelo de aceptación para el ordenamiento del transporte público de transportación de pasajeros que brindan los porteadores privados en medios automotores de capacidad entre cuatro y 14 pasajeros”, comentó Arias Urra.
¿Qué instrumentos de pago podrán emplearse en las cuentas bancarias fiscales?
Los instrumentos de pago que podrán utilizarse en la operatoria de la cuenta bancaria fiscal serán los establecidos:
– Dinero en efectivo.
– Transferencia bancaria.
– Tarjeta de débito.
– Otros que el banco establezca.
Como resaltó la directora territorial del Banco Metropolitano, la cuenta bancaria fiscal puede operar con chequera o tarjeta magnética, debiendo el titular solicitar cualquiera de estos servicios al banco.
La tarjeta magnética tiene como beneficio adicional que puede ser utilizada para operar en los cajeros automáticos y en las terminales de los puntos de venta de comercios o bancos.
Este último método permite acceder a otros servicios como la Banca Telefónica y la Banca Móvil.
Más detalles acerca de este tema los podrá escuchar en el programa Con la manga al codo, de la emisora COCO, en su emisión del domingo 9 de diciembre.
